miércoles, 13 de febrero de 2008


Mi tocayo Enrique García-Máiquez ha escrito este artículo en el diario de Sevilla. Hoy no me limitaré a poner aquí un enlace; lo reproduzco, lo adorno con una foto, lo aplaudo y me lo apropio, porque este artículo, en el fondo, es mío. Lo pensé antes que tú, querido Enrique, y me has copiado los pensamientos justo un minuto antes de que los pasara a limpio.



LOS CHISPEANTES DE ZP


Mientras los famosos se desgañitan cantando a la alegría, van al paro cuatro mil y pico personas al día, se rompe un matrimonio cada cinco minutos y las cifras del aborto se disparan como una ametralladora. Desde luego, no seré yo el que discuta con los celebérrimos cantantes el hecho de que la alegría necesita muy ser defendida. En eso estamos de acuerdo, trailará.


Aunque mis ingresos no me dan para artista, más quisiera yo, ayayay, también cantaré lo mío, que tengo derecho. La cuestión, opino, no es la alegría en abstracto, sino concretar la de quién y cómo. Tatatachán.


Sobre el aborto, por empezar por lo más sangrante, la alegría que me gusta es otra y distinta. Ellos están con la del doctor Morín y sus clínicas rompecocos mientras que uno elige la de las madres heroicas —como la divertidísima Juno, película que recomiendo vivamente— y la alegría llorona de los bebés recién nacidos, sobre todo. Otro ejemplo: prefiero acompañar en el sentimiento a las víctimas del terrorismo que la mínima complicidad con la izquierda abertzale. Y antes que el alivio de un aprobado por la cara, soy partidario de la felicidad de la lección aprendida a fondo. Es lo que me pone, lolailo.


¿La canción de los celebérrimos les parece a ustedes más chispeante que la mía? Natural. ¿Será por el chumba chumba? No sólo: es algo constitutivo. A ellos, un poema de Mario Benedetti, ja, ja, ja, les resulta el no va más de la poesía contemporánea (contemporánea, ejem, de ellos). Entre que no les llega la voz y la emoción del engagé, fíjense qué temblor. Y entre gallito y gallito, picotazo (a la derecha). Contagian satisfacción consigo mismos, con Benedetti y con el Gobierno de Zapatero. Se sienten literalmente en la gloria, chin, chin, chin.


A mí, en cambio, Benedetti me toca un pie y las voces de nuestra inteligentsia me suenan, lo siento, a hilo musical en la sala de espera de un dentista. Soy un cenizo, debe de ser, porque ninguna canción, tarararará, de los cuarenta principales me satisface del todo. Encima, cualquier eslogan me parece una chorrada. Puestos a pedir, yo aspiro al himno de las esferas. Será que tengo alma, lo que según Luis García Montero es un infortunio. Mi vídeo electoral perfecto iría con letra de Homero o Dante o Kierkegaard o Chesterton o Gómez Dávila, y con música de Bach.


Eso —lo sé— es electoralmente imposible, así que no puedo evitar una sombra de melancolía. Pero que no les confunda el sombreado: sin necesidad de alucinógenos ni de estupidofacientes, sin canon digital ni aplauso general, conservo una alegría insobornable. La defenderé incluso —amenazo— cantando. Chin pun.

7 comentarios:

Anónimo dijo...

Buena oportunidad de felicitar a los dos Enriques cuyos blogs sigo asiduamente, agazapada desde el anonimato del q salgo hoy.

Loreto FPB

Personalmente a mi esa ALEGRIA de los "alegres compadres de la ceja" me produce, sin necesidad de usar otras letras una terrible ALERGIA...
y perdon por el truco facil

Menos mal que de todo se puede sacar bienes. Olé al articulo este de dobleautoría... (os pagarán a medias los derechos de autor?)jajajjaa

Enrique Monasterio dijo...

Loreto: eres el anónimo menos anónimo que conozco. Sólo te falta poner tu fotografía

Anónimo dijo...

Buenísimo el plagio de hoy D. Enrique. Menos mal que aún seguimos, parafraseando a Lewis, "sorprendidos por la alegría", ¿verdad?

E. G-Máiquez dijo...

Todo un honor, don Enrique. Y siento que por haber plagiado sus pensamientos. Pasados a limpio por usted habrían tenido más gracia. Pero eso, muchísimas gracias por todo.

(Y qué sorpresa, Loreto)

Anónimo dijo...

He dado mi primer paseo ( el azar me ha traído) por este blog,y al poco tiempo estaba llorando de emoción ( la risa del Papa)...
muerta de risa ( con Tip y Coll...qué tiempos...)y asintiendo con la cabeza al leer el estupendo artículo...(mi "alegría" está muy lejos de la de los chispeantes zptianos....).
Gracias por compartir aquí,
gracias.
Un saludo

Maryluz

Enrique Monasterio dijo...

Onlymary: Bienvenida a este club de librepensadores chiflados. He ido yo también a tu blog y me ha parecido precioso.

Anónimo dijo...

No entiendo el canon digital. Como no entiendo la razón de muchas otras leyes pero por llevar una hasta el absurdo, ahí va un análisis jurídico de la situación.
Seguro que a Kloster como escudero de buen jurista le gusta.

1. SUPUESTO:

a) Luis se descarga una canción de Internet.
b) Luis decide que prefiere el disco original y va a El Corte Inglés a
hurtarlo. Una vez allí, y para no dar dos viajes, opta por llevarse
toda una discografía. La suma de lo hurtado no supera los 400 euros.

TIPIFICACIÓN: La descarga de la canción sería un delito con pena de 6
meses a dos años. El hurto de la discografía en El Corte Inglés ni
siquiera sería un delito, sino una simple falta (art. 623.1 del Código
Penal).

2. SUPUESTO:

a) Luis se descarga una canción de Internet.
b) Luis va a hurtar a El Corte Inglés y, como se la va la mano, se
lleva cincuenta compactos, por valor global de 1.000 euros.

TIPIFICACIÓN: Seguiría siendo más grave la descarga de Internet. El
hurto sería un delito, porque supera los 400 euros, pero sería de menor
pena que la descarga (art. 234 del Código Penal).

3. SUPUESTO:

a) Sergio, en el pleno uso de sus facultades mentales, se descarga una
canción de Malena Gracia.
b) Sergio, en un descuido de Malena Gracia, se lleva su coche y lo
devuelve 40 horas después.

TIPIFICACIÓN: Sería mas grave la descarga. El hurto de uso de
vehículo
tiene menos pena, a tenor del articulo 244.1 del Código Penal.

4. SUPUESTO:
a) Ocho personas se intercambian copias de su música favorita.
b) Ocho personas participan en una riña tumultuosa utilizando medios
o
instrumentos que pueden poner en peligro sus vidas o su integridad
física.

TIPIFICACIÓN: Es menos grave participar en una pelea que participar en
el intercambio de compactos. Participar en una riña tumultuosa tiene
una
pena de tres meses a un año (art. 154 del Código Penal) y el
intercambio tendría una pena de 6 meses a 2 años (art. 270 del Código
Penal). Si algún día te ves obligado a elegir entre participar en un
intercambio de copias de CDs o participar en una pelea masiva, escoge
siempre la segunda opción, que es obviamente menos reprobable.

5. SUPUESTO:

a) Juan copia la última película de su director favorito de un DVD que
le presta su secretaria Susana.
b) Juan, aprovechando su superioridad jerárquica en el trabajo, acosa
sexualmente a su secretaria Susana.

TIPIFICACIÓN: El acoso sexual tendría menos pena según el articulo
184.2 del Código Penal.

6.SUPUESTO:

a) Pedro y Susana van a un colegio y distribuyen entre los alumnos de
preescolar copias de películas educativas de dibujos animados
protegidas por copyright y sin autorización de los autores.
b) Pedro y Susana van a un colegio y distribuyen entre los alumnos de
preescolar películas pornográficas protagonizadas y creadas por la
pareja.

TIPIFICACIÓN: La acción menos grave es la de distribuir material
pornográfico a menores según el articulo 186 del Código Penal. La
distribución de copias de material con copyright sería un delito al
existir un lucro consistente en el ahorro conseguido por eludir el pago
de los originales cuyas copias han sido objeto de distribución.

7. SUPUESTO:

a) Ramón, que es un bromista, le copia a su amigo el último disco de
Andy y Lucas, diciéndole que es el 'Kill'em All' de Metallica.
b) Ramón, que es un bromista, deja una jeringuilla infectada de SIDA
en un parque público.

TIPIFICACIÓN: La segunda broma sería menos grave, a tenor del
articulo
630 del Código Penal

8. SUPUESTO:

a) Juan fotocopia una página de un libro.
b) Juan le da un par de puñetazos a su amigo por recomendarle ir a ver
la película 'Los Ángeles de Charlie'.

TIPIFICACIÓN: La acción más grave desde un punto de vista penal sería
la 'a', puesto que la reproducción, incluso parcial, seria un delito
con pena de 6 meses a dos años de prisión y multa de 12 a 24 meses. Los
puñetazos, si no precisaron una asistencia médica o quirúrgica, serían
tan solo una falta en virtud de lo dispuesto en el artículo 617 en
relación con el 147 del Código Penal.

CONCLUSIÓN: Pegad, violad, acosad, robad, pero no uséis nunca el E-
mule.